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  • Ley de urgencia y/o Riesgo Vital

    Urgencias con riesgo vital

    Frente a una situación en la que la propia vida o de un ser querido está en grave peligro, es decir, en una condición clínica que implique un riesgo de muerte o de secuela funcional grave, debes concurrir al recinto asistencial más cercano (si tienes tiempo para tomar una mejor decisión, favor leer párrafo siguiente  “Urgencias”). En este contexto, es muy importante conocer los derechos con los que te ampara la “Ley de Urgencia” (N°19.650).

    Es importante tener presente que si esto ocurre (urgencia con riesgo vital), la notificación de esta situación a la Isapre deberá realizarla el recinto asistencial de manera inmediata, aunque el paciente no esté aún estabilizado. El prestador deberá acreditar esta condición y notificar a la Isapre, quien tomará contacto con éste para coordinar el traslado en el momento oportuno (estabilización), si así lo acepta el paciente y/o sus representantes.
    En caso de no aceptar el traslado, desde el momento de la estabilización, la cobertura a otorgar, será la contemplada en la oferta libre elección de su plan.
     

    Urgencias

    Saber qué hacer cuando te enfrentas a una urgencia, puede ser determinante para enfrentar de la mejor manera dicho problema y con el menor impacto financiero posible. Por tal motivo, sigue atentamente las siguientes indicaciones:

    1. Debes comunicarte a Isapre Fundación al 22 347 9000. Ahí, un ejecutivo te derivará al prestador cercano más conveniente según tu plan de salud contratado. El horario de atención es de lunes a jueves de 08:30 a 18:30 hrs.; y los viernes de 08:30 a 17:30 hrs. Después de ese horario o si es fin de semana o festivo, contamos con un Call Center que atiende 24 horas (22 347 9000).

    2. O haz click aquí para saber a cuáles prestadores de salud puedes dirigirte, según el Plan Preferente convenido.

    3. En caso de que tu Plan de Salud no cuente con un prestador en convenio en el lugar en que está ocurriendo la emergencia, dirígete al centro de atención de salud más cercano; y dentro de las siguientes 48 horas, comunícate con ejecutivos de la Isapre para solicitar la derivación a un centro en convenio. En caso que la atención se hubiese realizado en un centro sin convenio, la bonificación será de acuerdo a un prestador de Libre Elección del plan contratado.