Si eres trabajador dependiente, tu empleador (ej: BancoEstado) es el responsable de descontar y enterar en la Isapre el valor de la cotización pactada para cubrir tu plan de salud, dicho monto será descontado de la remuneración mensual.
Si eres cotizante independiente y/o Voluntario, será el propio afiliado el responsable de cancelar en forma mensual el pago de la cotización pactada, se puede suscribir al Pago Automático, debe llenar el Formulario “Mandato Pago Automático de Cuentas”.
Las cotizaciones de salud se cancelan por mes vencido, los primeros 10 días del mes siguiente de remuneración (Ej. Cotización de diciembre se cancela los 10 primeros días de enero). Para cancelar las cotizaciones puedes optar por alguna de las siguientes formas de pago:
1. Modulos de atención, primer piso, en Calle Amanda Labarca n°70, Santiago. Horario: lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 hrs.
2. En todas las oficinas BancoEstado o ServiEstado a lo largo del país.
3. Pago electrónico:
- Con Previred (www.previred.cl)
- Caja Compensación Los Andes (www.recaudacionelectronica.cl)
- Caja Compensación La Araucana (www.laaraucana.cl)
- Depósito electrónico en cuenta corriente de BancoEstado, n° 139998, a nombre de Isapre Fundación (sólo en este caso, enviar copia de depósito a unidadcotizaciones@isaprefundacion.cl)
A contar del 1 de febrero 2021, el límite máximo imponible (reajustado) de la renta de un trabajador, que posteriormente determinará su cotización legal, es de 81,6, Unidades de Fomento (UF). En razón de ese reajuste, el tope de la cotización legal del 7% de la remuneración o renta imponible destinada a financiar prestaciones de salud, es de 5,712 UF.
Cotización en Exceso: Corresponde a la cotización percibida por la isapre en el respectivo mes, que sobrepase el monto que resulte mayor entre el total de la Cotización Pactada y la Cotización Mínima Legal para Salud. Éstos deben ser devueltos en dinero por la Isapre. Sin embargo, si el afiliado lo estima conveniente, podrá destinar el saldo que existe a su favor para pagar alguna deuda de sus cotizaciones, de una cuota del Fondo Complementario de salud.
Excedentes de Cotización: Corresponden a la diferencia positiva producida entre la cotización mínima para salud, con el tope legal respectivo, y la suma del precio de las GES y del precio del plan convenido. Éstos se pueden destinar a financiar, por ejemplo, el pago de consultas médicas, exámenes de laboratorio, imagenología, procedimientos ambulatorios, atenciones de urgencia o de farmacia ambulatoria
Para solicitar la devolución de la cotización en exceso (en dinero), puedes hacerlo de las siguientes maneras:
1- En forma personal, con pago en efectivo, en todas las sucursales de la Isapre, de lunes a viernes, en horario continuado de 09:00 a 14:00 hrs.
(Esta modalidad de devolución esta sujeta a un monto máximo diario, que puede ser consultado directamente con el ejecutivo de atención)
2- A través de la página de la isapre www.isaprefundacion.cl, ingresando en el portal del afiliado con RUT y contraseña
En esta caso la forma de pago es con deposito en la cuenta bancaria registrada en la isapre o cheque que se debe retirar en la sucursal de la isapre que designe
3- Por correo electrónico a unidadcotizaciones@isaprefundacion.cl, indicando antecedentes personales del afiliado (nombre y N° Rut)
4- A traves del formulario, el cual debe ser remitido a la Unidad de Cotizaciones de la isapre.