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    Ley Ricarte Soto

    “Ley Ricarte Soto,  Es la Ley N° 20.850, de junio de 2015, del Ministerio de Salud, que "Crea un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo y rinde homenaje póstumo a don Luis Ricarte Soto Gallegos".

    La Ley entrega protección financiera a condiciones específicas de salud, tales como enfermedades oncológicas, inmunológicas y raras o poco frecuentes, que hayan sido determinadas a través de un Decreto Supremo del Ministerio de Salud.

    Otorga protección financiera a todos los usuarios de los sistemas previsionales de salud: FONASA, CAPREDENA, DIPRECA e ISAPRES, sin importar su situación socioeconómica.

    El 4° decreto inicia vigencia el 01 de julio de 2019, y las patologías incluidas son:

    • Profilaxis de la infección del Virus Respiratorio Sincicial
    • Epidermólisis Bullosa (EB) distrófica y Juntural
    • Tumores del estroma gastrointestinal no resecables o metastásicos
    • Artritis Psoriásica Moderada a Grave Refractaria a Tratamiento Habitual
    • Artritis Reumatoide Activa Refractaria a Tratamiento Habitual
    • Colitis Ulcerosa (CU) moderada
    • Esclerosis Múltiple Recurrente Remitente con falla a tratamiento con inmunomoduladores
    • Esclerosis Múltiple Primaria Progresiva
    • Enfermedad de Huntington
    • Inmunodeficiencias primarias
    • Lupus Eritematoso Sistémico
    • Mielofibrosis
    • Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA)”

    Estas patologías se suman a las que ya estan vigente

    • Mucopolisacaridosis Tipo I 
    • Mucopolisacaridosis Tipo II
    • Mucopolisacaridosis Tipo VI
    • Tirosinemia Tipo I
    • Artritis Reumatoide en Adultos refractaria a tratamiento habitual
    • Esclerosis Múltiple Refractaria a Tratamiento Habitual
    • Enfermedad de Gaucher
    • Enfermedad de Fabry
    • Hípertensión Arterial Pulmonar Grupo I
    • Profilaxis virus respiratorio sincicial para prematuros
    • Cáncer de Mamas HER2+
    • Nutrición Enteral Domiciliaria Total o Parcial para personas cuya condición de salud imposibilita la alimentación por vía oral
    • Enfermedad de Crohn grave
    • Diabetes tipo 1 inestable severa
    • Angioedema Hereditario 
    • Hipoacusia sensorioneural bilateral severa o profunda postlocutiva
    • Tumores neuroendocrinos
    • Distonía generalizada          
    Ley Ricarte Soto