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    Patologías GES

    Las Garantías Explícitas de Salud (GES) son un conjunto de beneficios garantizados por ley que te protegen si padeces o te diagnostican algunos de los 80 problemas de salud incluidos en este programa, es decir, tendrás garantizada la atención, la oportunidad, la calidad y la cobertura financiera, definidas en la Ley Nº19.966. Conoce a continuación los temas más importantes respecto al GES; y a tu derecha, podrás ingresar a la Red de Prestadores o conocer un resumen de cada uno de los 80 problemas de salud que están cubiertos por este sistema.

    Ges

    ¿Cuáles son los requisitos para activar la cobertura GES?

    Ser beneficiario de Isapre Fundación.
    Que el problema de salud esté incluido entre las 80 patologías vigentes.
    Cumplir con las condiciones especiales de edad, estado de salud u otras, definidas para cada patología GES.


    ¿Cómo se accede al GES?

    Deberás concurrir a las oficinas de la Isapre con el "Formulario de Constancia Información Paciente GES", con el informe del profesional de salud tratante y los antecedentes médicos necesarios, para que se designe un prestador de la red GES. Para este efecto, se debe completar el "Formulario de Solicitud de Cobertura GES".

    El beneficiario o representante de éste, podrá aceptar o rechazar el prestador que le ha sido designado, pero si decide atenderse en un establecimiento distinto a la Red, perderá los beneficios GES, operando para estos efectos la cobertura del Plan de Salud Complementario.

    ¿Cómo funciona el GES?

    Una vez solicitado el beneficio GES en la isapre, se otorgará cobertura en las distintas etapas de la enfermedad y a las prestaciones garantizadas por ley.

    Isapre Fundación cuenta con una Red de Prestadores de calidad que cubren las necesidades de atención; se otorga cobertura a los medicamentos determinados en cada protocolo, todo con un copago para el afiliado del  20% del arancel referencial fijado por el Ministerio de Salud.

    El deducible se contabiliza en forma anual sobre la sumatoria de los copagos efectuados, y al superar 29 cotizaciones con un máximo de 122 UF por evento, opera la Cobertura Financiera Adicional beneficiando al paciente quien no deberá copagar más por sus prestaciones GES en esa anualidad. Cuando hay más de un problema de salud en el grupo familiar, la Cobertura Financiera Adicional se aplica sobre las 43 cotizaciones mensuales y el tope sube a 181 UF.

    ¿Tengo que solicitar la incorporación del GES a mi plan de salud?

    No, porque la ley exige que para estar cubierto en caso de presentar uno o varios problemas de salud GES, el cotizante debe pagar un monto mensual por él y por cada uno de sus beneficiarios; monto que se suma al valor del plan de salud complementario del cotizante.

    ¿Cuánto cuesta el GES?

    El cotizante debe pagar 0,452 UF mensuales por él y cada uno de sus beneficiarios por las 80 patologías GES, tarifa que se mantendrá durante un período de 3 años (1 de julio del 2016 al 30 de junio del 2019).

    ¿Qué puedo hacer si me suben la prima GES, y no estoy de acuerdo con ese incremento?

    Excepcionalmente, el afiliado podrá poner término al contrato, aún cuando no haya cumplido un año de vigencia de los beneficios contractuales. Como la prima GES se establece por un periodo de 3 años, recién el 2019 podrá ejercer esta acción en el caso que no estuviera de acuerdo con el nuevo valor de la cobertura GES que regirá para el periodo 1 de julio del 2019 al 30 de junio del 2022.

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